lunes, 21 de marzo de 2016

La aplicación del Derecho de la Competencia a las plataformas tecnológicas... quo vadis Europa? Reflexiones al hilo del caso Google




Fernando Díez Estella

En los últimos diez años la empresa Google ha sido objeto de investigaciones por parte de las autoridades de competencia tanto en EE.UU. y la UE como en otras jurisdicciones. La acusación es, básicamente, que utiliza su posición dominante del mercado de las búsquedas on-line para favorecer sus propios servicios de venta por internet, localización, etc, discriminando a otras empresas y cerrando el mercado a sus competidores (foreclosure).

Las tomas de posición al respecto se han ido decantando en dos frentes irreconciliables: los que afirman que dicha conducta es abusiva, contraria a la normativa antitrust comunitaria, y por tanto debe ser prohibida y sancionada; y los que sostienen que hay muchas empresas competidoras de Google como Bing, Amazon, eBay, Yelp, el propio Facebook, etc, que ejercen una tremenda presión competitiva sobre el buscador, que por otra parte es el preferido sin lugar a dudas por los consumidores, y además totalmente libre para diseñar su política de búsquedas como mejor le parezca, y en consecuencia, ¿qué hay de malo en eso? 

domingo, 13 de marzo de 2016

La CNMC somete a consulta pública sus conclusiones preliminares sobre los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sometido a consulta pública, de forma previa a su aprobación definitiva por el Consejo, las conclusiones y recomendaciones preliminares de su estudio sobre los Nuevos Modelos de Prestación de Servicios y la Economía Colaborativa. Para su elaboración, la CNMC ha analizado las contribuciones recibidas durante la consulta pública realizada entre noviembre de 2014 y enero de 2015, en la que se preguntó sobre los principios que deben regir la regulación, los efectos sobre el mercado de los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa, y la necesidad y proporcionalidad de la regulación aplicable.

La CNMC entiende que la economía colaborativa permite un mejor aprovechamiento de recursos infrautilizados que son puestos a disposición de los usuarios de las plataformas colaborativas. Éstas son esencialmente mercados de varios lados que permiten resolver el problema de coordinación entre la oferta y la demanda, y en las que cada uno de los lados del mercado recibe valor por la existencia del otro o de los otros lados. Este fenómeno innovador de alcance global y transversal está generando importantes cambios estructurales en el funcionamiento de los mercados, por lo que, según la CNMC constituye una enorme oportunidad para fomentar una mayor competencia.

domingo, 6 de marzo de 2016

El alcance de las facultades de la CNMC: la imposición de obligaciones de comportamiento a las empresas infractoras.

La discrecionalidad de la CNMC para la imposición de obligaciones de comportamiento.
El mercado español de la distribución minorista de carburantes ha prestado un servicio posiblemente mejorable a los consumidores, pero impagable al sector de la abogacía. Y a los estudiosos del derecho de la competencia nos ha ofrecido desarrollos importantes, por ejemplo, en relación con la distinción entre agencia genuina y no genuina, el alcance la regla de minimis, etc.
Sin embargo, ante la amable invitación para tratar algún aspecto relacionado con la distribución minorista de carburantes dentro del Congreso Internacional de Redes de Distribución desde la Perspectiva del Derecho de la Competencia, dirigido por los profesores Ruiz Peris y Martí Miravalls, elegí referirme a un aspecto no relacionado con el ámbito de la infracción, sino más bien con sus consecuencias. Y, aunque entre éstas es el de la nulidad el tema que últimamente está siendo más discutido ante los tribunales, me pareció una buena oportunidad para tratar el relativo al alcance de las facultades atribuidas a la CNMC para la aplicación de las normas de defensa de la competencia.